• 2024-09-18

Fideicomisos de otorgantes intencionalmente defectuosos

¿Qué es un fideicomiso financiero?

¿Qué es un fideicomiso financiero?
Anonim

Por Craig W. Smalley

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En la planificación patrimonial, el objetivo es eliminar la mayor cantidad posible de activos gravables de la herencia de un contribuyente para ir bajo la exclusión de $ 5.35 millones en 2014. Puede lograr esto a través de una variedad de medios. Una forma sería regalar una parte de su patrimonio a sus herederos ahora en lugar de esperar hasta la muerte. El problema con los obsequios es que solo puede dar a alguien $ 14,000 por año ($ 28,000 si está casado y elige la división de regalos). Normalmente, los contribuyentes que caen en el reino de los impuestos sobre el patrimonio nunca podrían regalar sus activos antes de su muerte. Existe una variedad de otros métodos utilizados, en efecto, para regalar su patrimonio. Sin embargo, el problema de regalar su patrimonio puede surgir con los propietarios de pequeñas empresas que poseen acciones de S-Corporation. Por lo general, la empresa familiar es el activo más importante del patrimonio, y debe tratarse de una manera en que el accionista cede el negocio, pero retiene el control sobre los activos hasta su muerte. Un método popular para hacer esto es con un Fideicomiso de Anualidades Retenidas por el Donante (GRAT). Sin embargo, los GRAT tienen sus propios problemas.

Un GRAT es un fideicomiso creado por una persona (el otorgante), que se reserva el derecho de recibir pagos anuales fijos por un período específico de años. Al final del término especificado, la propiedad de GRAT se distribuye directamente a los beneficiarios designados o se retiene en fideicomiso para su beneficio. La transferencia de propiedad a un GRAT puede implicar un regalo para el resto (una persona elegible para recibir propiedad en el futuro) para fines de impuestos sobre donaciones. El hecho de que exista una donación se determina deduciendo el valor determinado actuarialmente del interés retenido a plazo del otorgante del valor total de la propiedad transferida al fideicomiso. La diferencia, si la hay, es un regalo para el resto. El método para determinar si un regalo está involucrado permite que se planifiquen los GRAT para que el regalo para el resto se reduzca o se elimine por completo. El elemento de regalo se elimina por completo si el regalo se “pone a cero”. El problema es que si usted muere en medio de estos pagos, el valor restante de GRAT se agrega a su patrimonio gravable. En resumen, no has logrado nada.

Tengo licencia para representar a los contribuyentes ante el Servicio de Impuestos Internos. Soy un especialista en impuestos. Además, tengo una especialidad como Certified Estate Planner ™. Hago entre 20 y 30 planes de sucesión por año, y el año pasado tuve un problema con un cliente. Su patrimonio gravable era de $ 8.98 millones y $ 6.75 millones de ese fue su Subcapítulo S-Corporation. Tenía 79 años. Al principio pensé, haremos un GRAT de 15 años y sacaremos a la Corporación S del patrimonio gravable de esa manera. Sin embargo, debido a la edad del cliente, habría sido una estrategia arriesgada. En su lugar, utilicé una estrategia llamada un fideicomiso de otorgante intencionalmente defectuoso.

Un "Fideicomiso de otorgante" es un fideicomiso que se ejecuta "en conflicto" con las reglas contenidas en IRC§§ 671-679. Tradicionalmente, el incumplimiento de las Reglas de Fideicomiso del Concedente se consideraba negativo, ya que el Concedente (el Fideicomitador o creador) del fideicomiso era, a efectos del impuesto sobre la renta, el propietario de los activos del fideicomiso y, por lo tanto, personalmente responsable de todas las partidas de ingresos y ganancias de capital) atribuibles a los activos mantenidos en el fideicomiso. Esta responsabilidad personal existía ya sea que los ingresos y / o el capital se distribuyeran o no al Concedente.

A pesar de que el Concedente es tratado como el propietario de un Fideicomiso del Otorgante a efectos del impuesto sobre la renta, él o ella no es necesariamente tratado como el propietario para fines del impuesto sobre el patrimonio. Las reglas de inclusión del impuesto al patrimonio se aplican por separado para hacer la última determinación.

En algunos casos, un beneficiario puede ser tratado como un Concedente (y, por lo tanto, el propietario, a efectos del impuesto sobre la renta) de un Fideicomiso del Otorgante, lo que permite al beneficiario utilizar cualquier beneficio fiscal (o perjudicial) que de otro modo sería atribuible al Concedente Confianza.

Un "fideicomiso del otorgante intencionalmente defectuoso" ("IDGT") es un término utilizado para un fideicomiso que se ha redactado a propósito para invocar las Reglas del fideicomiso del otorgante.

Un IDGT se puede crear de una o más de las siguientes maneras:

  1. El Fideicomisario o su cónyuge conservan el poder de recuperar los activos del fideicomiso (por ejemplo, el Fideicomitente se reserva el derecho de volver a adquirir propiedad del fideicomiso a cambio de propiedad de igual valor);
  2. El Fideicomisario o su cónyuge pueden o se benefician de los ingresos del fideicomiso (por ejemplo, el Fideicomisario y / o un Fideicomisario no adverso pueden rociar los ingresos para el beneficio del cónyuge del Fideicomisario);
  3. El Fideicomisario o su cónyuge poseen un interés de reversión que vale más del 5% del valor del fideicomiso en el momento de su creación;
  4. El Fideicomisario o su cónyuge controlan a quién y cuándo se distribuirán los ingresos del fideicomiso y el capital, o posee ciertos poderes administrativos que pueden beneficiar al Fideicomisario o a su cónyuge (por ejemplo, un Fideicomisario no adverso puede agregar beneficiarios del ingreso del fideicomiso y / o principal).

Un IDGT es un componente esencial para muchas técnicas de planificación patrimonial. Por ejemplo, el plan más básico incluye un fideicomiso activo revocable (para evitar la sucesión testamentaria y permitir el uso completo de la cantidad de exclusión aplicable para el impuesto al patrimonio), que es un IDGT. Los fideicomisos irrevocables, mantenidos para el beneficio de los beneficiarios del otorgante, también pueden ser IDGT.Debido a que el Concedente paga los impuestos a la renta incurridos por el IDGT, los activos mantenidos en la IDGT pueden crecer sin reducirse por dichos impuestos a la renta. Esto, a su vez, aumenta el valor de los activos disponibles para los beneficiarios del fideicomiso. En esencia, el pago de impuestos por parte de un Concedente es un regalo para los beneficiarios del fideicomiso que no está sujeto al impuesto de transferencia.

Los IDGT también son beneficiosos porque el fideicomiso se grava como un “fideicomiso del otorgante”. IRC §671, establece que todos los atributos del impuesto sobre la renta del fideicomiso se gravan al otorgante. Como fideicomisario del otorgante, no hay impuesto sobre la renta para el otorgante sobre la venta de activos al IDGT. Los ingresos del fideicomiso también se gravan al otorgante, lo que resulta indirectamente en mayores donaciones libres de impuestos para los beneficiarios del fideicomiso. Se dice que las transferencias a dicho fideicomiso son "efectivas" para fines del impuesto a la herencia, pero "defectuosas" para fines del impuesto a las ganancias. Las disposiciones establecidas en IRC §671-679 determinan si un fideicomiso se grava a los fines del impuesto a las ganancias como un fideicomiso otorgante. Estas disposiciones sobre el impuesto a la renta no encajan con las disposiciones sobre el impuesto sobre sucesiones y donaciones. Esta incongruencia entre las disposiciones del impuesto sobre el patrimonio y el ingreso crea las oportunidades de planificación.

Los activos se pueden transferir a un IDGT por algunos métodos. El primero es por regalo o por una parte de regalo y venta de parte. Si los activos transferidos son de $ 5.35 millones o menos ($ 10.7 para un esposo y esposa) y el cedente tiene su exención completa disponible, se puede hacer un simple regalo al IDGT. Sin embargo, a menudo los activos se entregan como regalos y se venden al IDGT para aprovechar el monto de los activos que pueden transferirse, preservar el monto de la exención o retener ingresos.

Así que retrocedamos por un segundo. El impuesto al patrimonio es un impuesto sobre su derecho a pasar la propiedad a la muerte. Para 2014, no tiene un patrimonio gravable si sus activos son inferiores a $ 5.35 millones. También puedes regalar estos activos durante tu vida. Usted tiene una exención de impuestos de por vida de $ 5.35 millones. Puede regalar $ 5.35 millones en incrementos de $ 14,000 por año sin presentar una declaración de impuestos de regalo. Oh si. Hay un impuesto sobre los regalos.

Si estás casado tienes algo que se llama portabilidad. Lo que eso significa es que cualquier exención de patrimonio que usted no use, pasará a su cónyuge. Eso es un poco limpio. Ahora volvamos a los IDGTs.

Ahora no quiero que nada se pierda en ti. Puedes estructurar esto como un regalo parcial y venta. En ese escenario, el regalo actúa como el pago inicial, más o menos como un pago inicial en una venta a terceros. Así que me gusta seguir reglas que realmente no son reglas, pero son decisiones de los tribunales de impuestos u otros factores en los que el Código y las Regs guardan silencio. Por lo tanto, el valor de este regalo "inicial" debe ser al menos el 10% del valor de todos los activos transferidos al fideicomiso, incluidos los activos transferidos tanto por el regalo como por la venta. Cuando se hace el regalo, el cedente usará su exención de regalo de por vida para evitar pagar los impuestos de regalo. Por lo tanto, si se mantiene al día, eso sería $ 5.35 millones en una exención.

A continuación, el cedente vende activos al IDGT. Esto es típicamente cosas tales como acciones de la compañía, intereses de LLC o bienes raíces, a cambio de una nota de pago. Esta técnica utiliza IRC § 453. La nota tendría interés a la tasa federal aplicable (AFR) requerida según IRC § 1274 (d). Esta tasa se establece para la vida del préstamo. La tasa de AFR increíblemente baja para una nota de nueve años para este año está en torno al 0,92% - 1%. Debido a que el IDGT es un fideicomiso del otorgante para fines del impuesto sobre la renta, la venta del activo no resultaría en ninguna ganancia imponible para el otorgante (para propósitos del impuesto sobre la renta, se considera que el otorgante está vendiendo un activo a sí mismo). Tampoco hay ingresos por intereses reportados por el otorgante o deducción de intereses al IDGT. El otorgante es mi cliente.

Ahora quiero que mi cliente retenga el control del negocio hasta su muerte, pero en una S-Corporation solo puede tener una clase de acciones, que son acciones comunes. Todos los accionistas de acciones comunes tienen los mismos derechos, y nadie más que el accionista mayoritario puede vencer a cualquier otro accionista. Lo que hice fue separar sus acciones en dos categorías, acciones con derecho a voto y acciones sin derecho a voto. Las acciones son todavía acciones comunes, pero ahora tenemos una clase llamada votación. Mi cliente tenía todas las acciones con derecho a voto en esta transacción.

Por ejemplo, mi cliente Tom podría transferir $ 7.65 millones de las acciones de la Compañía a un IDGT para su esposa Julie, los niños y las generaciones futuras y eliminar el valor y su apreciación de su patrimonio. Esto se logra haciendo lo siguiente:

  • Regale $ 765,000 en stock como regalo al IDGT.
  • Vender $ 6.885 millones en acciones al IDGT. El pagaré es de solo interés anual, 0.92%, con un pago global de nueve años. El pago anual de intereses sería de $ 633,420 ($ 6.885 millones de veces multiplicadas por la tasa de interés del 0.92% AFR).
  • Si el dividendo de $ 6.885 millones en acciones es del 7% cada año, el ingreso de IDGT sería de $ 479,850.
  • Después del pago de intereses, el saldo de los ingresos de IDGT puede ser acumulado y reinvertido por el IDGT, utilizado para pagar el principal, o desembolsado a los beneficiarios de IDGT.

Mi cliente hizo esto:

  • Retuvo el 100% de las acciones con derecho a voto de S-Corporation, que era el 1% de las acciones en general.
  • Dotó $ 757,350 de las acciones sin derecho a voto al IDGT.
  • Vendió los $ 6,816,150 restantes en acciones sin derecho de voto a S-Corporation con una nota de interés solamente con un pago global de 15 años al 0,92%, lo que le otorga un ingreso de $ 627,086 por año hasta lo que presumiblemente sería su muerte. Este ingreso es gravable a mi cliente como intereses
  • El ingreso de la Corporación S fue de $ 2.5 millones por año. Después de que se pagó el interés, mi cliente tenía la opción de recibir un principio adicional en la nota o tomar una distribución de la ganancia. Debido a que no participó materialmente en la actividad de S-Corporation, los ingresos para él se consideraron pasivos y no se le exigió que tomara un salario.

Lo que se logró fue esto: en realidad vendió su Corporación S a los beneficiarios del IDGT, que eran sus cuatro hijos. Los ingresos de las operaciones se utilizaron para pagar los intereses al cliente, por lo que no hubo una presión adicional sobre las finanzas de la empresa ni una carga excesiva para los hijos que heredaron el negocio. Mi cliente utilizó los ingresos de los intereses para vivir, y la empresa le pagó una pequeña distribución. Retiró el negocio de su patrimonio gravable, y sus derechos sobre el pagaré son propiedad de su Revocable Living Trust y pasaron a su esposa en el momento de su muerte. Usando la portabilidad del impuesto al patrimonio, ni el esposo ni la esposa adeudarán ningún impuesto al patrimonio por la aprobación de la S-Corporation.

El cliente estaba extasiado, y será un cliente de por vida.

Con la planificación fiscal siempre hay algunos pequeños trucos que puedes hacer. Este es solo uno de ellos.